¿Quién puede presentar una
queja?
Toda persona en forma individual o colectiva puede hacer llegar a
la Defensora del Pueblo sus solicitudes, quejas o reclamos en el
ámbito de su competencia.
No importa su edad, nacionalidad, sexo, situación personal o
cualquier otra circunstancia.
¿Cómo se presenta una queja?
En forma Escrita:
- Entregándola personalmente en cualquiera de nuestras oficinas.
- Enviándola por correo a cualquiera de nuestras oficinas en el Perú .
- Si lo deseas, puedes remitirla a:
Señores
Defensoría del Pueblo
Apartado Postal N° 4403
Lima 100
En forma verbal
Acudiendo personalmente o comunicándote por teléfono a la oficina
más cercana al lugar donde vives. En Lima, puedes llamar por
teléfono al número 311 0300.
Si vives en una
localidad donde no tenemos oficinas, puedes llamar gratuitamente a
Lima, al número 0800 - 15170
Presentándola en el local del Ministerio Público
(Fiscalía)
En los lugares donde aún no hay oficinas de la Defensoría del
Pueblo, la Fiscalía se encuentra obligada a recibir y a enviarnos el
caso inmediatamente, bajo
responsabilidad.
¿Qué hacer ante una
detención?
Sólo y únicamente la policía puede efectuarlo en dos casos: en
flagrante delito y por mandato judicial (escrito y motivado. Por un
plazo de 24 horas, pero en casos de tráfico ilícito de drogas y
terrorismo hasta por 15 días.
Si se excede del plazo la autoridad policial usted, puede acudir
a las oficinas de la Defensoría del Pueblo o interponer un proceso
de hábeas corpus.
¿Qué es un mandato de
detención?
La orden de captura del Juez debe contener todos los datos de
identidad de la persona procesada y requerida, (generales de ley)
Siendo de carácter obligatorio: nombre y apellidos completos, edad,
sexo y características físicas talla y
contextura.
¿Qué hacer en
caso de homonimia?
Cuando una persona tiene los mismos nombres y apellidos de otra
persona que se encuentra con orden de captura. Ante ello deberá
alegar ante la policía, para que luego de identificarla plenamente,
formule un documento y lo ponga a disposición de la autoridad
judicial.
Si la persona fue detenida en el lugar donde se halla el
expediente, lo pondrá a disposición de la autoridad judicial
solicitante. Si está en otra sede judicial será puesto a disposición
del juez penal o mixto de turno. La autoridad judicial deberá
resolver en 24 horas la situación jurídica de la persona
detenida.
¿Cómo acceder al DNI para
peruanos/as
en el
exterior? |