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Defensoría del Pueblo: Congreso de la República debe archivar dictamen que debilita a la Sunedu y atenta contra la reforma universitaria

3:09 pm 04/05/2022

La Defensoría del Pueblo reafirma su posición expresada en el Oficio n.° 337-2021-DP/PA, enviado, el 17 de noviembre de 2021, al Congreso de la República en contra del dictamen recaído sobre los proyectos de ley 697 y 862 del año 2021, pendiente de segunda votación e incluido en la agenda de hoy del Pleno del Legislativo. En tal sentido, señala lo siguiente:

  1. Desde noviembre de 2021, manifestamos al presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Esdras Medina, nuestra preocupación por el contenido del Proyecto de Ley 697-2021-CR, que plantea modificar la forma de conformación del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), incorporando a representantes de universidades públicas y privadas, y otorgarle la facultad de elegir al superintendente. Ante ello, exhortamos a que se archive el mencionado proyecto.
  2. Ante la aprobación del dictamen en enero de 2022, nuestra institución requirió su archivamiento por contravenir la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre los alcances de la autonomía universitaria; sin embargo, dicho dictamen fue aprobado en primera votación por el pleno del Congreso de la República. El respaldo a este dictamen implica un retroceso de la reforma universitaria, la cual tiene por finalidad garantizar la mejora constante del sistema universitario y, por lo tanto, cautelar el derecho fundamental a una educación universitaria de calidad.
  3. El cambio en la conformación del consejo directivo de la Sunedu, en el sentido que plantea el texto sustitutorio del dictamen aprobado, implicaría regresar a un modelo que fracasó, en el cual el Consejo Nacional para la Autorización del Funcionamiento de Universidades (Conafu), órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), no cumplió con asegurar la calidad del servicio universitario. Sobre ello, el TC señaló que un sistema en el que las decisiones sobre las universidades derivan del propio círculo universitario, determina una tendencia a la falta de objetividad, imparcialidad e independencia.
  4. El Congreso de la República debe considerar lo resuelto por el TC en la sentencia que declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley Universitaria, por presuntamente vulnerar la autonomía universitaria. En dicha sentencia, el TC precisó que las universidades pueden estar sujetas al control del poder público y, a su vez, determinó que la autonomía universitaria no significa autarquía y que ella solo se verá afectada cuando haya una incidencia desproporcionada y arbitraria sobre las atribuciones constitucionales y legales asignadas a las universidades.

Por todo lo expuesto, la Defensoría del Pueblo considera que el dictamen señalado debe ser archivado por el pleno del Congreso de la República en segunda votación. Ello, debido al perjuicio que representa para el derecho de miles de jóvenes a recibir una educación universitaria de calidad, así como al impacto negativo sobre el sistema universitario peruano y la reforma universitaria.