Defensoría del Pueblo: desalojos sin orden judicial son ilegales
- El corte de agua y luz, con la finalidad de desalojar a los inquilinos, configuraría el delito de “entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos”, cuya pena puede llegar hasta los ocho años de cárcel.
La Defensoría del Pueblo, a través de diversos canales de atención, viene conociendo casos de ciudadanos nacionales y extranjeros que han sido objeto de desalojos ilegales, hecho que merece atención por parte de las autoridades debido al serio impacto que provocan en sus derechos.
Es importante tener en cuenta que los arrendadores cuentan con mecanismos y procedimientos legales que les permiten recuperar la posesión del bien arrendado, debiendo para ello, contar con la orden de un juez. Es así que todo acto de hostilidad y/o violencia que se ejerza contra el inquilino con la finalidad de removerlo del bien alquilado, resulta ilegal y puede acarrear consecuencias jurídicas penales.
Asimismo, recordamos que el corte de servicios básicos, como agua y luz, con la finalidad de obligar al desalojo de inquilinos, resulta un acto vulneratorio de la dignidad, tal como lo señaló el Tribunal Constitucional. De la misma manera, esta acción configuraría el delito de “entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos”, cuya pena puede llegar hasta los ocho años de cárcel, si existe violencia contra la integridad física de las personas.
Frente a este tipo de situaciones, los afectados pueden solicitar la intervención de la Policía Nacional y del Ministerio Público quienes deben atender los casos de forma urgente. Ambas autoridades no deben solicitar a los inquilinos contratos escritos para protegerlos de agresiones físicas o verbales.
Corresponde a la Policía Nacional proteger a las víctimas de todo tipo de violencia y ejercer contra los agresores sus prerrogativas legales, igualmente, pueden constatar si se ha producido el corte ilegal de servicios públicos. Por su parte el representante del Ministerio Público está facultado para instar a los arrendatarios a abandonar toda práctica fuera del marco legal y formular las denuncias penales que correspondan.
Exhortamos a los arrendadores a seguir las vías legales existentes para recuperar la posesión de sus propiedades, recordando que toda invasión a un domicilio, constituye delito.
La Defensoría del Pueblo seguirá recibiendo los casos de personas afectadas por estos hechos y brindará la orientación correspondiente, para ello pone a disposición la línea gratuita 0800-15170.