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Defensoría del Pueblo: desaparición debe ser incluida como forma de violencia contra las mujeres

1:04 pm 07/10/2021

  • Último reporte ¿Qué pasó con ellas? advierte que 4463 adultas, adolescentes y niñas fueron reportadas como desaparecidas de enero a septiembre.

La Defensoría del Pueblo informó que, de enero a septiembre del presente año, se han reportado 4463 notas de alerta por desaparición de niñas, adolescentes y adultas mujeres (16 en promedio por día), lo que representa un 9 % más que lo advertido en el mismo periodo del 2020 (4052). Ante ello, se ha recomendado al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) que se incluya la desaparición como forma de violencia contra las mujeres en el reglamento de la Ley 30364 y en el Plan Nacional contra la Violencia de Género para el 2022.

En efecto, en septiembre, 416 niñas/os y adolescentes fueron reportadas/os como desaparecidas/os. De esta cifra, 340 eran niñas y adolescentes mujeres, es decir, un 81 % del total, lo cual reafirma la mayor vulnerabilidad por el nivel de desarrollo y madurez en que se encuentra, así como el factor de género de las víctimas; esta representa también el 69 % del total de mujeres desaparecidas en todo su ciclo de vida. En comparación con agosto, se advierte una disminución del 10 % en las de notas de alerta; no obstante, se observó un ligero aumento en la mayoría de las regiones, excepto Lima.

También, durante septiembre, 156 mujeres adultas fueron reportadas como desaparecidas, cifra que representa una disminución del 6 % en el registro respecto a agosto. No obstante, se observó un incremento en departamentos como Callao, de 2 a 7; Ica, de 0 a 5; Piura, de 4 a 6; Lima Provincias, de 2 a 4; entre otros.

En suma, de enero a septiembre del 2021, ya se han reportado 1565 (35 %) mujeres adultas y 2898 (65 %) niñas y adolescentes mujeres reportadas como desaparecidas, lo que hace un total de 4463. Las regiones donde más se registraron notas de alerta de este tipo fueron Lima (1700), Lambayeque (235), Cusco (216), Arequipa (215), y Callao (196). 

Cabe recordar que, ante una desaparición, el Estado debe cumplir con la debida diligencia –reforzada en el caso de niñas/os y adolescentes– a través de una intervención oportuna y acciones mínimas de búsqueda e investigación con enfoques de género. Derechos humanos y niñez y adolescencia cuando corresponda. Esta actuación debe ser pronta e inmediata para ubicar a las víctimas, por lo que es clave que existan procesos adecuados de recepción de la denuncia y acciones de búsqueda que posibiliten la investigación desde las primeras horas de la desaparición bajo la presunción de que las personas siguen con vida.

Por otro lado, en septiembre, se advirtieron 7 feminicidios y 3 muertes violentas, que aún viene investigándose de acuerdo con el protocolo del Ministerio Público, y 5 tentativas de feminicidio. En suma, de enero a septiembre, se han producido 116 feminicidios (en los cuales, 13 víctimas fueron reportadas previamente como desaparecidas), 28 muertes violentas y 89 tentativas de feminicidio.

Ante esta situación, la Defensoría del Pueblo considera urgente que el MIMP incluya la desaparición cometida por particulares como forma de violencia en el reglamento de la Ley 30364, debido a que afecta de manera diferenciada a las mujeres y las coloca en una situación de especial vulnerabilidad frente a vejámenes como el feminicidio, violencia sexual o trata de personas. Con ello, también se pretende que se especialicen los servicios de atención y recuperación de las víctimas de esta forma de violencia y que los casos sean abordados bajo los parámetros de la diligencia reforzada.

De otro lado, la institución también considera que debe ser incluida en el Plan Nacional contra la Violencia de Género de 2022, con la finalidad de que se desarrollen medidas preventivas desde un enfoque interseccional y territorial frente a casos de desaparición de niñas, adolescentes y mujeres adultas.

Además de ello, queda pendiente hacer pública la estadística de cómo la desaparición se relaciona con otros delitos a partir del Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas (Reniped), la situación en que se hallaron a las personas ubicadas, y las principales causas de desaparición –sobre todo en el caso de niñas y adolescentes, que, al ser personas vulnerables, podrían encontrarse en desprotección familiar.

Asimismo, se ha solicitado continuar capacitando al personal policial sobre cómo alimentar y descargar la información en sus sistemas de forma adecuada, además de la importancia del enfoque de género y derechos humanos durante sus intervenciones. También, es necesario fortalecer la intervención por parte de los centros emergencia mujer en casos de personas desaparecidas conforme a su protocolo de atención.

Puede ver el reporte ¿Qué pasó con ellas? del mes de septiembre en el siguiente link: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2021/10/Reporte-20-Qu%C3%A9-pas%C3%B3-con-ellas.pdf.