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Defensoría del Pueblo: más de 4100 trabajadores de la salud son locadores de servicios y no acceden a seguro médico completo

12:48 pm 17/04/2020

  • Personal de la salud que sea locador de servicios debe ser contratado bajo régimen CAS para trabajar protegido.

La Defensoría del Pueblo advierte que, en todo el país, existen más de 4100 trabajadores del sector salud que laboran en prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus como locadores de servicios. Sin embargo, esta cifra es mayor por cuanto no incluye al personal de EsSalud, ni de las sanidades de las fuerzas armadas y policiales.

Los médicos, enfermeros, técnicos, auxiliares y otros profesionales de la salud, debido a su profesión y oficio, constituyen la primera línea de defensa de los establecimientos de salud frente al coronavirus, razón por la que se encuentran más expuestos a contraer la enfermedad.

Por tal motivo, la Defensoría del Pueblo hace un llamado a las entidades del sector salud para que empleen temporalmente, dentro del régimen laboral de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), a todo el personal de la salud que presta sus servicios en los establecimientos como locadores en el ámbito de la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus.

En ese sentido, la institución señala que, para concretar esta contratación, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Urgencia 029-2020, que establece como una medida para garantizar la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus en los establecimientos de salud, la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial de CAS. Sin embargo, preocupa a la Defensoría del Pueblo que pese al tiempo transcurrido desde la promulgación de la norma el 20 de marzo, es decir, hace casi un mes, se siga constatando la presencia de trabajadores de salud bajo el régimen de locación de servicios en plena pandemia.

Cabe resaltar que la contratación en el régimen CAS permitirá garantizar que el personal de salud pueda contar con un seguro de salud a través de EsSalud y gozar de las licencias de ley en caso se le diagnostique COVID-19, así como tener acceso al seguro de vida y seguro complementario de trabajo de riesgo, que establece el Decreto de Urgencia N° 032-2020. Asimismo, la Defensoría del Pueblo solicita que, para efectos de esta contratación, se adopten las previsiones presupuestales necesarias para que el ingreso neto del trabajador no se vea reducido.

La Defensoría del Pueblo considera que, si nuestra Constitución reconoce el derecho a la vida, y el derecho a la protección de la salud de las personas, aquellos profesionales que encaran diariamente una enfermedad altamente transmisible deben prestar sus servicios gozando de la protección elemental que brinda el derecho laboral a los trabajadores.