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Defensoría del Pueblo pide a Minedu dejar sin efecto normas que retroceden lo avanzado a favor de la educación intercultural bilingüe

5:36 pm 11/10/2022

  • En oficio dirigido al titular del sector, defensora del pueblo se refirió a recientes resoluciones viceministeriales que omiten requisitos para cargos directivos en instituciones educativas EIB.

La Defensoría del Pueblo expresó su profunda preocupación al Ministerio de Educación (Minedu) respecto a las recientes disposiciones adoptadas desde dicho sector que estarían afectando la implementación de una educación intercultural bilingüe de calidad en el país, al dejar de lado diversas medidas que fueron implementadas en los últimos años, con el fin de garantizar los derechos lingüísticos estudiantes indígenas a nivel nacional.

En un documento dirigido al ministro de Educación, Rosendo Serna, la institución se refirió de manera específica a las resoluciones viceministeriales n.º 118-2022-MINEDU y n.º 121-2022-MINEDU, aprobadas por el Ministerio de Educación el 20 y 23 de septiembre último, respectivamente, las mismas que habrían omitido, en ciertos casos, la obligatoriedad de acreditar el dominio de la lengua originaria, el conocimiento de la cultura local y la inscripción en el Registro Nacional de Docentes Bilingües en Lenguas Originarias (RNDBLO) por parte de las y los profesionales que deseen postular a algún cargo directivo en las distintas categorías de instituciones educativas de educación intercultural bilingüe (EIB) existentes.

Según se advierte en el documento, suscrito por la defensora del pueblo, Eliana Revollar, en la Resolución Viceministerial n.º 118-2022-MINEDU no se ha considerado el dominio oral y escrito de la lengua ni el conocimiento de la cultura local; así como la inscripción en el RNDBLO, en el caso de las instituciones educativas EIB de Revitalización Cultural y Lingüístico y de Ámbitos Urbanos. Ello, pese a que en las normas anteriores no se establecían requisitos diferenciados para ocupar cargos directivos en las diferentes modalidades de enseñanza que se dan en el caso de las EIB.

Por su parte, de acuerdo con el contenido de la Resolución Viceministerial n.º 121-2022-MINEDU, no se requerirá acreditar de manera obligatoria el dominio de la lengua originaria para postular a un cargo directivo o jerárquico en instituciones educativas de EIB de cualquier forma de atención. Sobre esta última disposición, la defensora del pueblo manifestó al titular de Educación que los requisitos se han debilitado a comparación de disposiciones anteriores, indicando que en los años previos a la pandemia se exigía acreditar horas de capacitación en gestión y educación intercultural, el dominio de la lengua originaria y el conocimiento de la cultura local, entre otros requisitos.

“Para la Defensoría del Pueblo, estos recientes cambios normativos para los procesos de concurso público de acceso a cargos directivos y de encargatura constituyen una grave afectación al derecho a la educación intercultural bilingüe, cuyo contenido integra los derechos a la educación, a la identidad cultural y los derechos lingüísticos, así como al ordenamiento jurídico internacional y nacional que vincula al Estado a fomentar la EIB”, se lee en el documento remitido por Revollar, quien solicitó al ministro de Educación dejar sin efecto ambas disposiciones.

Finalmente, la defensora del pueblo se refirió a la obligación que tiene el Estado en garantizar los derechos de la población indígena, establecida en el Convenio n.º 169 de la OIT, la Constitución Política, la Ley General de Educación y en la Ley para la Educación Intercultural Bilingüe. Por ello, sostuvo que las últimas medidas regresivas adoptadas por el Minedu vienen afectando el principio de progresividad y de no regresividad. “Este principio se fundamenta en la obligación de los Estados de ir avanzando en la cobertura de derechos sociales, sin posibilidad de derogar los que han sido alcanzados”, remarcó.