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Súmate por las personas mayores


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  • Sobre la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores

    I. IMPORTANCIA DE LA CONVENCIÓN

    La Convención es un instrumento regional jurídicamente vinculante que promueve, protege y asegura el pleno goce y el ejercicio de los derechos humanos de las personas mayores. Asimismo, reconoce que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política.

    De esta manera, fomenta un envejecimiento activo en todos los ámbitos y dispone la incorporación y priorización al tema del envejecimiento en las políticas públicas.

    II. TEMAS RELEVANTES

    PRINCIPIOS. Entre los principios generales de la Convención resaltan:

    -La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo.

    -La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor.

    -La igualdad y no discriminación.

    -La participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad.

    -El bienestar y cuidado.

    -El buen trato y la atención preferencial.

    DERECHO A UNA VIDA DIGNA Y SIN VIOLENCIA
    -La persona mayor tiene derecho a una vida sin ningún tipo de violencia y maltrato, a recibir un trato digno y a ser respetada y valorada.

    -Garantiza el goce efectivo del derecho a la vida y el derecho a vivir con dignidad en la vejez hasta el fin de sus días, en igualdad de condiciones con otros sectores de la población.

    -Dispone que se adopten medidas para prevenir, sancionar y erradicar prácticas como el aislamiento, abandono, sujeciones físicas prolongadas, hacinamiento, y todas aquellas que constituyan malos tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

    -Los Estados deben fomentar una actitud positiva hacia la vejez y un trato digno, respetuoso y considerado hacia la persona mayor y, sobre la base de una cultura de paz.

    NO DISCRIMINACIÓN POR LA EDAD
    -Prohíbe la discriminación por edad en la vejez.

    -La persona mayor tiene derecho al trabajo digno y decente y a la igualdad de oportunidades y de trato respecto de los otros trabajadores, sea cual fuere su edad. Prohíbe cualquier distinción que no se base en las exigencias propias de la naturaleza del cargo, de conformidad con la legislación nacional y en forma apropiada a las condiciones locales.

    AUTONOMÍA  E INDEPENDENCIA DE LA PERSONA MAYOR
    -Reconoce el derecho de la persona mayor a tomar decisiones, a la definición de su plan de vida, a desarrollar una vida autónoma e independiente, elegir su lugar de residencia, dónde y con quién vivir, conforme a sus tradiciones y creencias, en igualdad de condiciones y a disponer de mecanismos para poder ejercer sus derechos.

    -Dispone el respeto a la autonomía de la persona mayor en la toma de sus decisiones, así como a su independencia en la realización de sus actos.

    -Reconoce que la persona mayor tiene capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida.

    DERECHO A LA PARTICIPACIÓN
    Promueve la participación activa, productiva y plena dentro de la familia y en actividades intergeneracionales para fortalecer la solidaridad así como el apoyo mutuo como elementos claves del desarrollo social.

    DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL
    Toda persona mayor tiene derecho a la seguridad social que la proteja para llevar una vida digna. Los Estados Parte promoverán progresivamente, dentro de los recursos disponibles, que la persona mayor reciba un ingreso para una vida digna a través de los sistemas de seguridad social y otros mecanismos flexibles de protección social.

    DERECHO A UN SISTEMA INTEGRAL DE CUIDADOS
    La persona mayor tiene derecho a un sistema integral de cuidados que provea la protección y promoción de la salud, cobertura de servicios sociales, seguridad alimentaria y nutricional, agua, vestuario y vivienda; promoviendo que la persona mayor pueda decidir permanecer en su hogar y mantener su independencia y autonomía.

  • INFORME DE ADJUNTÍA "Envejecer en el Perú: Hacia el fortalecimiento de las políticas para personas adultas mayores"