La DefensorÃa del Pueblo saluda la decisión del Congreso de la República de aprobar el Proyecto de Ley 14251/2026‑DP, presentado por esta institución para garantizar el ejercicio del derecho de sufragio y evitar el uso de espacios abiertos como parques, cocheras y lozas deportivas, entre otros, en procesos electorales, al no reunir condiciones mÃnimas de seguridad para los electores ni para el resguardo del material electoral.
Como se recuerda, en marzo último la DefensorÃa del Pueblo dirigió una supervisión en diversos puntos de la ciudad de Lima, en la que se pudo advertir que más de 184 000 ciudadanos ejercerÃan su derecho al sufragio en cocheras, parques, playas de estacionamiento, coliseos y lozas deportivas, generando preocupación respecto de las condiciones materiales, logÃsticas, de accesibilidad y seguridad al no reunir condiciones mÃnimas de infraestructura, resguardo, orden ni funcionalidad exigibles en procesos electorales.
Esta iniciativa fue manifestada por el defensor del pueblo, doctor Josué Gutiérrez Cóndor, al presidente del Congreso, durante la reunión sostenida el último lunes en la que subrayó que el Informe Defensorial 274, elaborado tras la supervisión de la primera vuelta electoral, evidenció graves deficiencias en la infraestructura de los locales de sufragio. Por ello, enfatizó que la única manera de garantizar una segunda vuelta ordenada, segura y accesible era la aprobación inmediata del proyecto de ley remitido por la DefensorÃa del Pueblo al Congreso.
Con la aprobación del referido proyecto, se modifica la Ley Orgánica de Elecciones, estableciéndose la obligación de las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) de designar los locales de votación en el siguiente orden de preferencia: universidades, institutos e instituciones educativas, tanto públicas y privadas; municipalidades y demás entidades públicas; edificios públicos que no se encuentren destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, de la PolicÃa Nacional del Perú o de autoridades polÃticas; y otros locales o lugares que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) considere idóneos para el adecuado desarrollo del proceso electoral y que reúnan condiciones de accesibilidad, seguridad y adecuada ubicación geográfica.
Además, se establece la obligación de asegurar condiciones de accesibilidad en los locales de votación que permitan a las personas con discapacidad ejercer su derecho al sufragio de manera libre, autónoma e independiente.
De esta manera, la DefensorÃa del Pueblo reafirma su compromiso seguir velando por la protección de los derechos fundamentales que tienen todos los ciudadanos a ejercer su voto de manera ordenada, segura y transparente. Además, resalta que esta nueva disposición legal haya sido aprobada de cara a la segunda vuelta electoral, por lo que exhorta a la presidencia de la República a disponer su próxima promulgación.
