Defensoría del Pueblo: decisión del Comité de los Derechos del Niño en «Caso Camila» obliga a Estado peruano a una atención integral de niñas y adolescentes víctimas de violación sexual
- En reciente decisión, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas determinó que el Estado peruano vulneró derechos a la salud y vida de niña indígena víctima de violación sexual por parte de su propio progenitor.
La Defensoría del Pueblo destacó el dictamen emitido por el Comité de los Derechos del Niño sobre el caso de Camila (seudónimo), víctima de violación sexual desde los nueve años por su padre y que quedó embarazada a los 13. Su caso refleja las dificultades que tienen las niñas y adolescentes víctimas de esta forma de violencia para acceder a la interrupción terapéutica del embarazo, especialmente cuando existe un alto riesgo para la persona menor de edad.
Respecto al caso, cabe advertir que, una vez que quedó embarazada, Camila experimentó diversos problemas en la atención de su salud, ya que, a pesar de que su madre solicitó la interrupción terapéutica, nunca tuvo una respuesta sobre dicha posibilidad. Asimismo, en su momento, el Ministerio Público decidió denunciarla por el delito de autoaborto, considerándola infractora y ordenando diligencias revictimizantes por el sistema de salud y justicia.
En esa línea, el referido comité, luego de advertir las dificultades por las que pasó Camila, solicitó al Estado peruano garantizar la atención integral de la salud de niñas y adolescentes víctimas de violación, lo que implica el acceso a servicios de salud seguros, especialmente en casos de riesgo para ellas.
Adicionalmente, tal como lo recomendó la Defensoría del Pueblo en un informe sobre atención integral en establecimientos de salud de niñas y adolescentes embarazadas producto de violación sexual, el comité solicita modificar la normativa que regula el acceso a la interrupción terapéutica para prever su aplicación específica a las niñas, en consideración de su interés superior y el principio de no revictimización.
Cabe recordar que, entre enero a abril del año en curso, los centros emergencia mujer atendieron 2388 casos de violación sexual hacia niñas y adolescentes, es decir aproximadamente, 20 niñas y adolescentes son víctimas de violación sexual, a diario; sobre ello, se precisa que el Código Penal señala que la edad mínima de consentimiento sexual en Perú es de 14 años y, por debajo de ese rango, constituye delito de violación sexual.
En esa línea, la Defensoría del Pueblo advierte que el Estado aún no ofrece una respuesta integral y sostenida a las víctimas, pues existen deficiencias en el acceso a la justicia, o en la atención oportuna de su salud física y mental. Por ese motivo, considera que es urgente que se adopten todas las medidas necesarias para la prevención de la violencia, que permitan enfrentar los factores de riesgo y cumplir con la obligación de brindarles protección integral y especial; también, urgen campañas de sensibilización y prevención, para dejar de normalizar la violencia y, por consiguiente, erradicar estereotipos de género y la discriminación, y asegurar entornos libres de violencia para niños, niñas y adolescentes.
La Defensoría del Pueblo continuará con su labor de defensa y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes en su diversidad, y recuerda que es obligación del Estado, la familia y la sociedad en general garantizar que las niñas y adolescentes mujeres tengan una vida digna y sin ningún tipo de violencia.