Mecanismo Independiente para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad – MICDPD
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Antecedentes
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), tratado ratificado por el Estado peruano, entró en vigencia en nuestro país en el año 2008. En su artículo 33.2, el tratado dispone la obligación a nivel nacional, de establecer un Mecanismo Independiente encargado de promover, proteger y supervisar la aplicación de la CDPD. Dicha función es asignada a las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH) que funcionen bajo los Principios de Paris. En el caso peruano, estas labores las cumple la Defensoría del Pueblo.
De acuerdo con ello, en el año 2012 el artículo 86 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, designó a la Defensoría del Pueblo como Mecanismo Independiente para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (MICDPD). A mediados del año 2019 se cumplió con asignar un presupuesto específico para su implementación.
Dentro de la estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo, el Programa de Defensa y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Pdeprodis), adscrito a la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, tiene el encargo de coordinar las funciones del Mecanismo Independiente.
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¿Cuál es la misión del MICDPD?
Su misión es velar por el cumplimiento de las obligaciones del Estado peruano con relación a los derechos de las personas con discapacidad en el marco de la CDPD; así como, crear espacios de participación de las personas con discapacidad y sus organizaciones.
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¿Cuáles son las funciones del MICDPD?
Entre las funciones principales del MICDPD se encuentran:
En lo que respecta a la supervisión:
- Realizar visitas de supervisión inopinadas de manera periódica en los distintos ámbitos de su intervención, verificando el cumplimiento de la CDPD.
En lo que respecta a la promoción:
- Promover la adecuación de la normativa interna al marco de la CDPD.
- Promover la incorporación de los derechos de las personas con discapacidad reconocidos en la CDPD, en las políticas públicas y posteriormente monitorear la ejecución de dichas políticas públicas.
En lo que respecta a la protección:
- Realizar litigio estratégico.
- Analizar y difundir jurisprudencia relacionada a discapacidad.
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¿Qué temas ve el MICDPD?
El MICDPD ve todos los temas relacionados a los derechos de las personas con discapacidad considerados en la CDPD, haciendo énfasis en los siguientes:
- Capacidad jurídica
Se promueve y defiende el respeto de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, que permita el ejercicio de sus derechos. Asimismo, se promueve el desarrollo de la autonomía individual, vida independiente y la implementación de la asistencia en la toma de decisiones, sin reemplazar la voluntad de las personas con discapacidad.
- Salud mental
Supervisamos la implementación del modelo de atención comunitaria en salud mental y se promueve y defiende el respeto del derecho a la salud mental y las libertades de las personas, tales como el consentimiento informado.
- Educación inclusiva
Supervisamos que los niños, niñas y adolescentes con discapacidad accedan y permanezcan en el sistema educativo, aprendiendo junto a los demás con las mismas oportunidades. Asimismo, prestamos especial atención a la educación de las personas sordas.
- Acceso a la justicia
Supervisamos que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento, para facilitar su participación en todos los actos procesales, incluyendo las etapas preliminares.
- Trabajo y empleo
Supervisamos el acceso y permanencia en el empleo de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que las demás. Asimismo, supervisamos que se implementen ajustes razonables en el trabajo para las personas con discapacidad y sus familiares.
- Participación de las personas con discapacidad
Promovemos la participación de las personas con discapacidad y sus organizaciones en el diseño, la formulación, implementación y evaluación de las normas, planes y programas relativos a discapacidad, a nivel nacional y en cada una de las regiones.
- Accesibilidad
Promovemos el cumplimiento de las obligaciones de los distintos Sectores y niveles de gobierno en lo que respecta a la eliminación de las barreras de accesibilidad física, a la información o a la comunicación.
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Informes Defensoriales
- Serie Informes Especiales N°36-2020-DP – El derecho a la educación inclusiva en el contexo de la emergencia sanitaria por el COVID-19
- Informe Defensorial Nº 183 – El derecho a la educación inclusiva
- Informe Defensorial Nº 180 – El Derecho a la Salud Mental
- Informe Defensorial Nº 155 – Los niños y niñas con discapacidad: Alcances y limitaciones en la implementación de la política de educación inclusiva en instituciones educativas del nivel primaria
- Informe Defensorial Nº 140 – Salud Mental y Derechos Humanos: Supervisión de la política pública, la calidad de los servicios y la atención a poblaciones vulnerables
- Informe Defensorial Nº 127 – Educación Inclusiva: Educación para todos. Supervisión de la política educativa para niños y niñas con discapacidad en escuelas regulares
- Informe Defensorial Nº 114 – Barreras físicas que afectan a todos. Supervisión de las condiciones de accesibilidad de palacios municipales
- Informe Defensorial Nº 102 – Salud mental y derechos humanos: La situación de los derechos de las personas internadas en establecimientos de salud mental
- Informe Defensorial Nº 63 – Situación de la educación especial en el Perú: Hacia una educación de calidad
- Informe Defensorial Nº 37 – El derecho de sufragio de las personas con discapacidad
- Informe Defensorial Nº 35 – El Problema de las Minas Antipersonales dentro del Territorio Nacional
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Notas de Prensa
- Nota de Prensa Nº 308/OCII/DP/2019 – Solo el 0.1% del presupuesto nacional está dirigido a la atención de los problemas de salud mental en el país
- Nota de Prensa N° 306/OCII/DP/2019 –Defensoría del Pueblo a favor de participación ciudadana en elaboración de petitorio nacional único de medicamentos esenciales
- Nota de Prensa Nº 297/OCII/DP/2019 – Reclamo de la Defensoría del Pueblo para que población penal con problemas de salud mental reciban atención médica es respaldado por el Tribunal Constitucional
- Nota de Prensa Nº 282/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo exhorta a Essalud a garantizar la cobertura de salud de daños generados por suicidio o intento de suicidio
- Nota de Prensa Nº 275/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo interviene para que persona con síndrome de down cobre su sueldo sin necesidad de un curador
- Nota de Prensa Nº272/OCII/DP/2019 -Ayacucho: demandamos atención de autoridades regionales para construcción de nueva infraestructura del CEBE San Juan de Dios
- Nota de Prensa Nº 259/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo exige mejorar la accesibilidad en el transporte para personas con discapacidad
- Nota de Prensa Nº 246/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo cuenta con servicio de lengua de señas en regiones para la atención a personas sordas
- Nota de Prensa Nº 221/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo y Ministerio de Salud coordinan acciones para solucionar situación de usuarios con hasta 70 años de internamiento en establecimientos psiquiátricos
- Nota de Prensa Nº 211/OCII/DP/2019 – Defensor dell Pueblo y director de Juegos Panamericanos y Parapanamericanos 2019 firmaron convenio para garantizar accesibilidad de personas con discapacidad durante competencias
- Nota de Prensa N° 147/OCII/DP/2019 -Nueva ley de salud mental prohíbe internamiento prolongado para personas con problemas de salud mental
- Nota de Prensa N°122/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo reclama facilidades laborales a madres con hijos con discapacidad
- Nota de Prensa Nº 115/OCII/DP/2019 – Colegios regulares carecen de capacitación para docentes, infraestructura, accesible y presupuesto para garantizar educación de calidad a estudiantes con discapacidad
- Nota de Prensa N° 090/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo: se desconoce el número de peruanos con trastorno del espectro autista
- Nota de Prensa N° 077/OCII/DP/2019 – Iquitos –Defensoría del Pueblo solicita que fiscal inicie investigación por presunto delito de violación a mujer con discapacidad
- Nota de Prensa N° 074/OCII/DP/2019 – Defensoría del pueblo reitera necesidad de eliminar barreras educativas hacia personas con síndrome de Down
- Nota de Prensa N° 039/OCII/DP/2019 –Defensoría del Pueblo invoca a implementar políticas públicas a favor de las personas con Asperger
- Nota de Prensa N° 025/OCII/DP/2019 -La Defensoría del Pueblo demandó reubicar a menores de edad y personas con discapacidad rescatadas de la casa hogar “Imanol”
- Nota de Prensa Nº 016/OCII/DP/2019 – Defensoría del Pueblo insiste que se garantice, con prioridad, el acceso a la educación de niñas, niños y adolescentes con discapacidad