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Defensoría del Pueblo: modificación de reglamento de Ley 30364 permitirá una lucha efectiva contra violencia hacia las mujeres

10:14 am 24/07/2021

  • Esta iniciativa va en la misma línea de recomendaciones defensoriales.

La Defensoría del Pueblo resaltó la modificación del reglamento de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, ya que permitirá fortalecer los canales de atención y la lucha contra esta problemática. Asimismo, destacó que las modificaciones van en línea con lo solicitado en informes defensoriales publicados durante la cuarentena.

En efecto, esta nueva modificación permite que la denuncia ante un caso de violencia se interponga no solo de manera presencial ante comisarías, el Poder Judicial o el Ministerio Público, sino que puede realizarse a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias, creada para este fin. Esta acción se concatena con la recomendación defensorial, formulada en un informe sobre medidas de protección, de crear y establecer de manera permanente nuevos canales electrónicos de atención ciudadana que se ajusten a periodos excepcionales.

Cabe precisar que esta plataforma alcanza a todas las instituciones vinculadas a la recepción de una denuncia y, tal como lo señala el artículo 19 de la modificatoria, los medios probatorios podrán ser ingresados mediante esta plataforma para una adecuada atención. Se recuerda que, en tiempos de pandemia, habilitar canales remotos es clave para atender eficazmente a la víctima y evitar exposiciones que originen contagios.

En dicho informe, también se planteó la necesidad de que las instancias locales de concertación (regionales, provinciales y distritales) apoyen en la ejecución de las medidas de protección a través del servicio de serenazgo. Así, la modificación del reglamento de la Ley 30364 establece que estas acciones deben realizarse, incluso con la colaboración de las juntas vecinales para un patrullaje integrado con la Policía Nacional del Perú (PNP).

Otra recomendación acogida ha sido la implementación de casillas electrónicas que permitirá dar un cumplimiento y seguimiento óptimo a las medidas de protección dictadas por el Poder Judicial. Este asignará la mencionada casilla a las instituciones competentes, como la PNP, los centros emergencia mujer, las fiscalías especializadas, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y otras instituciones.

De otro lado, en un oficio dirigido al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Defensoría del Pueblo recomendó regular de manera expresa que las medidas de protección, a cargo del Poder Judicial, sean emitidas en el marco de los principios de sencillez, oralidad y mínimo formalismo. Ello ha sido tomado en cuenta en la nueva modificatoria del reglamento de la Ley 30364, lo que posibilitará garantizar la integridad de las víctimas de manera oportuna y efectiva.

La Defensoría del Pueblo recalca que esta modificación es fundamental para un adecuado abordaje del problema, por lo que corresponde a las instituciones competentes cumplir a cabalidad lo señalado. Para ello, la institución seguirá atenta ante cualquier vulneración e incumplimiento que origine una afectación a los derechos.