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Defensoría del Pueblo saluda la promulgación de la ordenanza regional contra el acoso político hacia las mujeres en la región Huancavelica

6:17 pm 11/05/2026

La Defensoría del Pueblo saluda la promulgación de la Ordenanza Regional n.° 559-GOB.REG-HVCA/CR, aprobada por el Gobierno Regional de Huancavelica, que tiene por objeto reconocer el acoso político como una expresión de la violencia de genero hacia las mujeres de urgente atención; estableciendo mecanismos para la prevención, sanción y erradicación del acoso político hacia las mujeres que son parte de la vida política de la región Huancavelica.

La aprobación de esta ordenanza constituye un importante avance para garantizar el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres y fortalecer su participación en condiciones de igualdad y libres de violencia y discriminación en los espacios de representación y toma de decisiones.

En concordancia con la Ley N° 31155,  Ley que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política, la norma regional  reconoce al acoso político como una expresión de violencia contra las mujeres por su condición de tal, que afecta a mujeres autoridades, candidatas, funcionarias, lideresas comunales y mujeres militantes de organizaciones políticas. Asimismo, identifica diversas conductas que constituyen acoso político, como impedir el ejercicio de funciones públicas, restringir el uso de la palabra, ejercer amenazas o intimidación, difundir información privada para menoscabar la dignidad de las mujeres y promover discursos discriminatorios o denigrantes.

Entre las principales acciones dispuestas por la ordenanza destacan la elaboración de un Plan Regional de Prevención, Atención y Sanción del Acoso Político; la implementación de un registro de casos; la aprobación de un protocolo de actuación interinstitucional; así como establecer un procedimiento de investigación y denuncia de los casos de acoso político que ocurran en la Región Huancavelica, entre otras medidas.

La Defensoría del Pueblo recuerda que el acoso político vulnera derechos fundamentales como la igualdad y no discriminación, el derecho a una vida libre de violencia y el derecho a la participación política. En ese sentido, reafirma la necesidad de que las instituciones públicas adopten medidas concretas para garantizar entornos seguros y democráticos para las mujeres que participan en la vida política y pública.

Asimismo, la Defensoría del Pueblo, a través del Informe Defensorial N.° 004-2023-DP/ADM sobre la supervisión de la implementación de la Ley Nº 31155, ha identificado la necesidad de fortalecer el marco normativo e institucional. Entre los principales aspectos, se destaca la importancia de establecer una manifestación amplia de acoso político, definir de forma clara la potestad sancionadora del Jurado Nacional de Elecciones y otras instituciones, supervisar el cumplimiento de las obligaciones de las agrupaciones políticas, precisiones en la responsabilidad de los gobiernos regionales y locales, y precisiones sobre el procedimiento por acoso político y el procedimiento tutelar de violencia contra la mujer.