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Defensoría del Pueblo solicitó ampliar medidas de protección para víctima de violación sexual en Surco

11:07 am 27/10/2020

  • Se debe proteger su identidad, dignidad y honor durante las investigaciones.

La Defensoría del Pueblo solicitó al Poder Judicial ampliar las medidas de protección para la mujer víctima de violación sexual en Surco, en virtud de proteger no solo su integridad, sino su identidad, dignidad y honor durante las investigaciones. Esta recomendación se realizó luego de la difusión, a través de los medios de comunicación, de declaraciones prejuiciosas y discriminatorias que generan una revictimización que profundiza la situación de la agraviada.

Al respecto, cabe indicar que la violencia contra las mujeres, en sus diversas formas, afecta los derechos a la integridad, salud y vida, así como la dignidad, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad y no discriminación, entre otros. En ese sentido, sus consecuencias no se limitan a daños inmediatos en la salud mental y física de las víctimas.

En esa línea, a fin de evitar que se vuelva a brindar declaraciones que se refieran a la víctima de manera prejuiciosa y estigmatizante, la Defensoría del Pueblo ha solicitado la ampliación de las medidas y extenderlas a sus familiares. Ello debe implicar prohibir a los denunciados, sus familiares y abogados defensores develar la identidad de la víctima, hacer mención o referencias a esta o sobre su familia cercana, o datos que pudieran identificarla.

Asimismo, se ha solicitado prohibirles dirigirse en términos humillantes y denigrantes hacia la presunta agraviada, con expresiones prejuiciosas y discriminatorias referidas a la conducta e integridad de la misma, empleando los medios de comunicación. De no cumplirse las medidas, estas personas podrían ser denunciadas penalmente por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad, castigado en nuestro ordenamiento penal hasta con 8 años de pena privativa de la libertad.

La Corte Interamericana como el Acuerdo Plenario N°1-2011/CJ-116, sobre “Apreciación de la prueba en delitos contra la libertad sexual”, sostienen la necesidad de evitar la estigmatización o revictimización de las agraviadas en los procesos judiciales, incluyendo la etapa de investigación. Asimismo, la Ley Nº 30364 y el Decreto Legislativo 1470, publicado en cuarentena, precisan el debido criterio y también la oportunidad que deben tener las medidas de protección, especialmente durante el estado de emergencia.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo hizo un llamado a los medios de comunicación, comunicadores sociales y, en general, a la ciudadanía a que se abstengan de publicar y difundir la imagen e identidad de la presunta agraviada y aguardar las investigaciones que se vienen dando a nivel judicial.