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Defensoría del Pueblo: UGEL Requena de Loreto debe garantizar el derecho de acceso a la información pública

12:26 pm 27/07/2021

  • Se advirtió que dicha entidad cobra S/ 1.00 por cada folio, cuando la normativa vigente establece que el costo debe de ser de S/ 0.10.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Loreto demandó a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Requena garantizar el derecho de acceso a la información pública de la ciudadanía, cumpliendo con el Decreto Supremo n.° 164-2020-PCM, que aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública. Ello, tras advertir que la referida UGEL viene cobrando S/ 1.00 por copia simple de cada folio.

Debemos recordar que los cobros desproporcionados por copia simple ya ha sido objeto de investigación por la Defensoría del Pueblo (Informe 004-2018-DP/AAC), que recomendó a las entidades supervisadas que presentaban costos desproporcionados, fijar el costo real de reproducción como único criterio para expedir información pública en copias simples, certificadas o fedateadas, de acuerdo, a su vez, con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (Exp. 01847-2013-PHD/TC).

El Tribunal Constitucional ha considerado que, a diferencia de la actividad empresarial, el servicio prestado por las entidades públicas no tiene un ánimo de lucro, por lo que exigir el pago, incluso, de 20 céntimos por una copia simple resultaba desproporcionado. Por ello, la Defensoría del Pueblo estimó que el costo real de reproducción de una copia simple es, como máximo, S/ 0.10 céntimos, monto que se constituye como referente para establecer un costo proporcional y razonado que garantice el acceso a la información. Ello, además, se condice con el costo de reproducción que por copia simple prevé el referido Decreto Supremo n.° 164-2020-PCM.

En este sentido, “cabe indicar que, desde el 11 de enero de este año, se viene recomendando a la UGEL de Requena a fin de que cumpla con lo estipulado en el Decreto Supremo señalado y lo dispuesto en la Ordenanza Regional n.º 015-2019-GRL-CR, que aprueba el TUPA del Gobierno Regional de Loreto (Gorel) y que tiene efecto para las direcciones regionales sectoriales y otras dependencias”, señaló el representante de la oficina de la Defensoría del Pueblo en la región.

En esa línea, se precisó que en el TUPA del Gorel, en el procedimiento n° 153, “Acceso a información que posean o produzcan las dependencias de gestión educativa descentralizadas del sector educación”, tiene por derecho de trámite, por copia simple en papel A-4 la suma de S/ 0.10. Por lo tanto, la UGEL debería fijar su costo de reproducción sobre la base de dichos alcances; recordando además que, en el marco de la emergencia sanitaria, aquella información que se brinde por formatos digitales, que no generan costos de reproducción, se entregue de forma gratuita.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Loreto estará vigilante para que la UGEL de Requena adecue el procedimiento de acceso a la información pública conforme con la normativa vigente, caso contrario los hechos serán trasladados a las instancias competentes para que se determinen las responsabiliades y se adopten las medidas que fuesen correspondientes.