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Presidente de la República debe liderar la política de Estado de lucha contra la corrupción

7:45 am 21/07/2021

La Defensoría del Pueblo felicita al profesor Pedro Castillo Terrones, presidente electo de la República, expresándole sus deseos de éxito por el desarrollo y el progreso del país.

Nuestra institución, dentro del marco de sus competencias previstas en el artículo 162º de la Constitución y dado el contexto actual que atraviesa nuestro país, considera necesario reiterar su posición respecto del rol que cumplen las autoridades y funcionarios del Estado en la lucha contra la corrupción.

En esa línea, siguiendo lo expresado en el artículo 110º de la Constitución, el presidente de la República es el jefe del Estado y personifica a la Nación, por lo que a él corresponde encarnar y liderar el combate contra la corrupción.

Cabe señalar que la corrupción genera una pérdida anual de más de 23 mil millones de soles del erario nacional, tal como ha sostenido la Controlaría General de la República. El costo de este flagelo no es solo económico, sino también representa un obstáculo para garantizar el pleno goce de los derechos fundamentales y la adecuada prestación de servicios públicos en nuestro país.

Sobre el particular, la Defensoría del Pueblo ha sostenido, en reiteradas ocasiones, que la corrupción no solo socava las bases del sistema democrático y afecta la legitimidad de las instituciones, sino que provoca vulneraciones en los derechos de las personas y, con mayor intensidad, en aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad[1].

En atención al grave impacto social de la corrupción, el Tribunal Constitucional ha sostenido que ella constituye un atentado contra el Estado social y democrático de Derecho, lo cual obliga al Estado y especialmente al presidente de la República, a adoptar medidas concretas a fin de combatirla[2].

Para la Defensoría del Pueblo, la cercanía al poder de personas que han incurrido en actos de corrupción, resulta especialmente peligrosa, pues pone en riesgo la objetividad de la investigación de estos delitos y la imparcialidad de la actividad jurisdiccional dirigida a sancionarlos.

Por todas estas razones, consideramos que el presidente de la República tiene la obligación constitucional de liderar la lucha contra la corrupción y mantener la integridad de dicho cargo, alejando de su entorno a personas investigadas y, con mayor razón, condenadas por delitos de corrupción.

[1] DEFENSORÍA DEL PUEBLO. La corrupción en el Perú. Mayo, 2017.

[2] STC N° 0009-2007-PI/TC y 0010-2007-PI/TC, fundamentos 54 y 55