Prevaleció Estado de Derecho en decisión histórica del Tribunal Constitucional en defensa de los adolescentes de 16 y 17 años, al declarar inconstitucional la demanda liderada por la Defensoría del Pueblo contra la Ley n.° 32330

La Defensoría del Pueblo saluda la decisión del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional la Ley n.° 32330, norma que establecía la imputabilidad penal de adolescentes de 16 y 17 años.
La sentencia reafirma la prevalencia de la objetividad del análisis jurídico-constitucional, fortalece el Estado de Derecho y garantiza la vigencia de los estándares internacionales de protección de los derechos humanos, en particular los derechos de niñas, niños y adolescentes.
La Defensoría del Pueblo lideró la demanda de inconstitucionalidad contra la referida ley, ejerciendo su mandato constitucional de defensa de los derechos fundamentales y del orden jurídico. En ese marco, expresamos nuestro agradecimiento al Poder Judicial, al Ministerio Público y al Colegio de Abogados de Ayacucho por haberse sumado a la referida demanda, contribuyendo a un proceso de control constitucional que hoy fortalece nuestro sistema de justicia.
Es relevante precisar que la definición de niño como toda persona menor de 18 años no responde a un acuerdo arbitrario entre Estados, sino a criterios técnicos sustentados en la neurociencia, reconocida como fuente auxiliar del derecho para la interpretación y aplicación de normas de protección especial. Estos estándares internacionales obligan al Estado peruano a brindar un tratamiento diferenciado a los adolescentes en conflicto con la ley penal, priorizando su reinserción social y su protección integral.
La declaración de inconstitucionalidad de la Ley n.° 32330 restablece la plena vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú, que consagra la primacía de los tratados internacionales sobre derechos humanos en el ordenamiento jurídico nacional. Este fallo, además, corrige una situación que había generado que adolescentes fueran procesados como adultos, de acuerdo con cifras reportadas por el Poder Judicial sobre la base de información del Instituto Nacional Penitenciario.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo reafirma su compromiso con la defensa de los derechos fundamentales, en particular de la niñez y la adolescencia, y exhorta a las autoridades a legislar en armonía con la Constitución y los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano.
