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Pronunciamiento n.° 03-2022

2:31 pm 03/02/2022

Frente a la designación del nuevo Consejo de Ministros, en cumplimiento de su mandato constitucional de protección de derechos fundamentales y supervisión de la buena marcha de la administración pública, la Defensoría del Pueblo expresa:

  1. Tal como lo hemos señalado desde agosto de 2021, la facultad presidencial para designar ministras/os no es irrestricta, pues se encuentra sujeta a un conjunto de parámetros contenidos en la Constitución que resultan de obligatorio cumplimiento para el jefe de Estado.
  1. La lucha contra la corrupción y toda forma de delito, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, es una obligación constitucional. En tal sentido, conforma un estándar mínimo que deber ser cumplido al momento de designar ministras/os. Por ello, resulta inaceptable que varias/os de las/os integrantes del gabinete registren sentencias condenatorias o procesos judiciales en trámite.
  1. En el mismo sentido, el deber de proteger derechos fundamentales es uno de los parámetros que debe ser garantizado por toda persona que sea nombrada como ministra/o de Estado. Resulta grave, por ende, que en el actual gabinete se constate la presencia de ministras/os que los han afectado gravemente mediante sus acciones y discursos.
  1. Las/os ministras/os que mantienen acusaciones de violencia familiar contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, o niegan la diversidad sexual no pueden continuar en el cargo. Debe recordarse que la desigualdad, la violencia y la discriminación contra los grupos mencionados constituyen graves problemas que aquejan al país históricamente. Por ello, hemos señalado que quienes asuman la responsabilidad de dirigir las políticas públicas para enfrentarlos deben mostrar un compromiso integral con las mismas.
  1. La lucha por la igualdad de género y contra la violencia, así como el reconocimiento de la diversidad, exige el concurso de personas que demuestren una trayectoria de vida, conducta y formación óptimas. Proceder de forma contraria, dejando de lado estas cualidades, trasgrede los parámetros establecidos por la Constitución y coloca en riesgo los avances que se han tenido en estos años.
  1. De acuerdo con la Constitución, es obligación del presidente garantizar la buena marcha de la administración pública, lo cual solo es posible designando en los cargos ministeriales a personas de probado conocimiento y experiencia en la gestión privada y pública. Sin embargo, es patente en el gabinete la presencia de ministras/os con escasa o nula formación para la cartera que deben gestionar. Tal hecho afecta la provisión de servicios a la ciudadanía dañando sus derechos.

Con base en lo expuesto, la Defensoría del Pueblo considera que la designación del actual gabinete trasgrede los mandatos constitucionales de lucha contra la corrupción y el delito, garantía de derechos humanos y de buena administración. Por ello, corresponde al presidente recomponer su gabinete en el más breve plazo, designando nuevas/os ministras/os que cumplan con los requisitos constitucionales antes mencionados.