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Urge garantizar adecuada reestructuración de los servicios de atención de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos

11:23 am 21/05/2022

Frente a los últimos hechos ocurridos en diversos centros de acogida residencial de niñas, niños y adolescentes de Arequipa, Ica y Lima, la Defensoría del Pueblo destaca la importancia del inicio del proceso de reestructuración de los servicios de atención para la niñez y adolescencia sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos y señala lo siguiente: 

  1. El Decreto Legislativo n.° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, ha permitido avanzar en la atención de este grupo poblacional. Sin embargo, el contexto actual exige reforzar con urgencia su implementación, con enfoque territorial y mediante servicios de calidad que garanticen condiciones adecuadas para la protección y el ejercicio de los derechos de la niñez y adolescencia en esa situación, especialmente, para la plena vigencia de su derecho a vivir en familia.

  2. En ese sentido, la conformación del grupo de trabajo para la reestructuración de los servicios de atención de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos es de urgente necesidad e importancia, debido a los diversos problemas que se venían presentando en dichos servicios desde antes y durante la pandemia por el COVID-19, tal como lo ha venido advirtiendo nuestra institución en diversas oportunidades.
  3. Los problemas advertidos en dichos servicios, como la derivación a centros de rehabilitación de adicciones para adultos o centros de acogida residencial sin acreditación, la falta de centros de acogida de emergencia, entre otros, se han estado agravando y, además, han originado diversas vulneraciones en los derechos de niñas, niños y adolescentes en su diversidad (niñas/os con discapacidad, migrantes, pertenecientes a pueblos indígenas, entre otros). Esta situación evidencia el incumplimiento por parte del Estado de instrumentos internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y su Protocolo Facultativo, entre otros.
  4. Cabe recordar que el Comité de los Derechos del Niño, en sus Observaciones Finales de los Informes Cuarto y Quinto (2016), recomendó al Estado peruano que se asegure de que la legislación pertinente esté plenamente en consonancia con las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños; se garantice la evaluación periódica del acogimiento de niñas, niños y adolescentes en instituciones; así como también, se supervise la calidad de la asistencia; entre otros aspectos.
  5. En el marco de dichas recomendaciones, nuestra institución considera que la atención y protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos debe constituir una prioridad en la gestión del Gobierno, y para ello es necesario que, en el contexto actual, se asigne el presupuesto adecuado para centros de acogida de emergencia  pero sobre todo que se garantice que el presupuesto asignado para la atención oportuna de dicho grupo poblacional pueda contar con servicios de calidad y que respondan a sus necesidades.
  6. En ese sentido, el Programa Presupuestal 117, para la atención de niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y desprotección familiar constituye una medida importante para dicho propósito; no obstante, es pertinente la revisión y evaluación de sus resultados para asegurar un adecuado financiamiento y la provisión de servicios de calidad que priorice la protección de dichas personas conforme a su condición de sujetos de derechos y, principalmente, las ponga en el centro de su atención para garantizar su derecho a vivir en familia.
  7. Finalmente, la Defensoría del Pueblo considera que este primer esfuerzo por iniciar el proceso de reestructuración de los servicios debe enmarcarse dentro de las obligaciones internacionales sobre la materia, cumplir con las recomendaciones de diversos órganos de derechos humanos y la implementación de la Política Multisectorial de las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, pero, sobre todo, sea el inicio de un gran proyecto nacional que permita la articulación de los servicios a nivel intersectorial e intergubernamental, así como una gran reforma que haga posible posteriormente, el fortalecimiento del sistema nacional de protección de la niñez y adolescencia en su diversidad.

La Defensoría del Pueblo seguirá vigilante para que el Estado garantice y respete los derechos de niñas, niños y adolescentes, en especial de aquellas y aquellos sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos.